La Constitución de 1917


Venustiano Carranza.

Congreso constituyente y principio de la Constitución de 1917

En septiembre de 1916, el gobierno provisional de carranza a un Congreso Constituyente. De acuerdo a la convocatoria, los miembros de facciones contrarias a los constitucionalistas no podía presentarse como candidato a diputados. A partir de esta medida, muchos representantes de grupos Obreros y campesinos quedaron marginados del Congreso. el 22 de octubre de 1916 se realizaron las elecciones para integrar el Congreso constituyente; Desde el inicio se destacaron dos corrientes bien definidas; los conservadores seguidores de carranza y la radical o jacobino, respaldada por álvaro obregón y representada por Francisco J. Mujica, Luis G. Monzón y Heriberto Jara.

 

La fracción carrancista, solo aspiraba a realizar algunas reformas a la constitución del 1857. La fracción jacobina pretende realizar grandes cambios en la vida social del país a través del restablecimiento de la libertades y derechos de los mexicanos, la eliminación de los latifundios y la repartición de tierras entre los campesinos; Entre otras medidas sociales. A esta facción se unieron los antiguos seguidores de villa y zapata. Los diputados jacobinos debatieron con los conservadores la inclusión de las demandas populares en la constitución, y a pesar de la oposición de los conservadores, El 5 de febrero de 1917 fue promulgada la nueva constitución, cuyos artículos más sobresalientes fueron: 

  • Articulo 27. Reglamenta la propiedad original de la nación sobre las tierras, aguas y el subsuelo.
  • Articulo 30. Establece el carácter laico de la educación, la enseñanza gratuita en la primaria, la prohibición a las iglesias, no importa la denominación, a crear o dirigir escuela de educación primaria.
  • Articulo 123. Implantaba la jornada de 8 horas de trabajo y el salario mínimo de reparto de utilidades en la empresa, así como el derecho a huelga.
  • Articulo 130. Decreta la separación de estados y de la iglesia.

La Revolución y los intereses extranjeros

La tendencia nacionalista de la Revolución Mexicana produjo inquietud entre los inversionistas y empresarios extranjeros, ya que la consideraban un peligro para su negocio. Por este motivo, el gobierno de los Estados Unidos comenzó a aplicar una política agresiva contra los grupos que impulsaban los cambios revolucionarios.

 

En 1914 Marinos Estadounidenses del acorazado Dolphin desembarcaron sin permiso en tampico para proveerse de combustible. allí fueron detenidos por tropas federales. cuando la situación se aclaró, los prisioneros fueron liberados y se pidió excusas a las autoridades navales de los Estados Unidos Sin embargo, este pequeño incidente fue aprovechado por el presidente Woodrow Wilson para intervenir en méxico con el argumento de impedir el desembarco de armas procedentes de alemania. Las tropas Estadounidenses, Sin previo aviso y sin declaración de guerra, ocuparon el puerto de Veracruz.

 

Como las fuerzas huertista abandonaron el puerto sin luchar, el pueblo y los alumnos de la Escuela Naval organizaron la defensa del puerto. En todo el país surgieron grupos de protesta contra la invasión. Carranza acusó al gobierno de los Estados Unidos de agresor y de violar la Soberanía mexicana y pidió el Cese de la intervención. La ocupación continuó por varios meses, Aunque huerta ya había sido expulsado de la presidencia.

 

En marzo del 1916, Pancho villa y sus hombres atacaron la población de Columbus, Nuevo méxico (Estados Unidos) con el propósito de crear problemas y castigar a los invasores por la matanza de los trabajadores cometido en la frontera.

 

Con el pretexto de capturar a villa el ejército de los Estados Unidos invadió el norte del país. Tras varios meses de gestiones diplomáticas y denuncias internacionales, las fuerzas estadounidenses se vieron obligadas a salir del territorio mexicano sin haber alcanzado su propósito.

 

Desde que se proclamó la constitución política de 1917 las grandes empresas extranjeras y el Gobierno de los Estados Unidos trataron de impedir su aplicación sobre todo las disposiciones de los artículos 27 y 123, pues estos afectan los intereses de las empresas y los inversionistas extranjeros mexicanos.